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lunes, 25 de abril de 2011

Chile: Gobierno chileno dice que la Consulta Indígena NO ES VINCULANTE


El Convenio núm. 169 es un instrumento jurídico internacional vinculante de derechos humanos y que trata específicamente los derechos de los pueblos indígenas, sin embargo, el Gobierno, a través de su coordinador de Políticas Indígenas, dijo que la consulta no es vinculante, o sea un mero tramite, no obligatorio, que atenta gravemente contra los derechos.




Según la OIT el espíritu de la consulta y la participación constituye la piedra angular del Convenio núm. 169 sobre la cual se basan todas sus disposiciones. El Convenio exige que los pueblos indígenas y tribales sean consultados en relación con los temas que los afectan. También exige que estos pueblos puedan participar de manera informada, previa y libre en los procesos de desarrollo y de formulación de políticas que los afectan.

La consulta debe hacerse de buena fe, con el objetivo de llegar a un acuerdo. Las partes involucradas deben buscar establecer un dialogo que les permita encontrar soluciones adecuadas en un ambiente de respeto mutuo y participación plena. La consulta efectiva es aquella en la que los interesados tienen la oportunidad de influir la decisión adoptada. Esto significa una consulta real y oportuna. Por ejemplo, una simple reunión informativa no constituye una consulta real; tampoco lo es una reunión celebrada en un idioma que los pueblos indígenas presentes no comprenden.

Los desafíos de implementar un proceso adecuado de consulta para los pueblos indígenas han sido objeto de muchas observaciones de la Comisión de Expertos de la OIT, como así también otros procedimientos de supervisión de la OIT, compilados ahora por la organización en una Recopilación. La consulta apropiada es fundamental para poder alcanzar un diálogo constructivo y para la resolución efectiva de los diferentes desafíos asociados con la implementación de los derechos de los pueblos indígenas y tribales.


A pesar de todas estas normativas, obligaciones, principios y valores, el Gobierno a través del Coordinador de Políticas Indígenas ha dicho que la consulta no es vinculante, tomando una clara posición que atenta contra los Derechos humanos, contra las normas internacionales y que devela ante la comunidad internacional que está actuando de mala fe, sin cumplir con los estándares internacionales.

viernes, 25 de febrero de 2011

Movimiento indígena rechazó la reforma al Código Minero en Panamá


Comunidades indígenas panameñas se movilizaron para rechazar la reforma al reforma al Código Minero aprobada por la Asamblea Nacional. Las modificaciones permiten a las empresas extranjeras que inviertan en proyecto mineros en el país.

La Coordinadora por la Defensa de los Recursos Naturales y del Derecho del Pueblo Ngäbe Büglé, junto con Campesinos anunció movilizaciones permanentes hasta que el Gobierno derogue las reformas.

Cerca de dos mil indígenas ngäbes cerraron en el cruce de San Félix la carretera Panamericana. Al mismo tiempo, otro grupo realizó un corte en el Coquito, San Pablo Viejo, en David y Chiriquí.


Las comunidades rechazan la aprobación del Código Minero. En tanto, que solicitan que se cumpla el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para que sean consultados ante los proyectos que los afecten.

Además, exigen al Gobierno que promocione otro desarrollo económico que no atente contra la madre tierra.

Anaya aconsejó al Gobierno panameño que realice un proceso de consulta con las comunidades indígenas. Para buscar una solución de fondo.

Los cambios al Código Minero establecen que estados extranjeros pueden explotar minas en Panamá. Además, impone un pago de sólo el 5 por ciento de regalías a la producción de cobre, oro y plata. El cambio supone un aumento frente al 2 por ciento de regalías señalado por el Código Minero anterior.